7. Algo que había advertido un año antes: Que el nuevo local destinado para dar la instrucción a las niñas y para servir de habitación a las Hermanas, si bien el primer concepto lo acepta la dicente con la sumisión debida a todo lo que emana de la superioridad, no puede hacer lo mismo en lo que se refiere al local destinado para dormitorio, habitación, cocina y comedor, pues las condiciones especiales de estos departamentos, no están en relación con las condiciones , también especiales, de nuestro Instituto, sujetas a ciertas reglas de decoro, decencia y aislamiento que, la alta penetración de Vuestra Señoría, comprenderá perfectamente, así como comprenderá también, la situación de los citados departamentos, no corresponde tampoco, por su poca ventilación, poca luz y mucha humedad, a las reglas de la buena higiene. En este concepto, pues, la que firma espera que Vuestra Señoría se fijará en las condiciones especiales, para ordenar que se destine otro local , o que se consigne una cantidad prudencial, para ella elegirlo.